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Resolución del Comité Ejecutivo del CIN «Dictamen sobre competencias de la Sindicatura General de la Nación»
04
noviembre
2024

Varios
DICTAMEN SOBRE COMPETENCIAS DE LA SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN

Resolución CE Nº1882/24
Buenos Aires, 29 de octubre de 2024

VISTO:
el Dictamen IF-2024-112489009-APN-PTN del 15 de octubre de 2024 de la Procuración del Tesoro de la Nación y la necesidad de reafirmar la disponibilidad de las universidades nacionales de colaborar con un mecanismo permanente que haga transparente la ejecución de sus fondos; y

CONSIDERANDO:
Que en reiteradas oportunidades este Consejo ha manifestado la vocación y necesidad del adecuado control, fundamentalmente para garantizar la transparencia;
que, actualmente, la Auditoría General de la Nación (AGN) está llevando a cabo su labor, tal como indica la Ley de Educación Superior, en diferentes casas de estudios, como asimismo ha suscripto un convenio con ella a los fines de una más eficiente y eficaz labor en materia de control externo;
que, en ese sentido, se sostiene el concepto de propiciar siempre la transparencia del sistema en la ejecución de los fondos públicos;
que las instituciones universitarias públicas están dispuestas a prestar la colaboración necesaria para cumplir ese objetivo;
que, hasta el 2022, aún sin ninguna obligación jurídica, muchas universidades trabajaron normalmente en colaboración con la SIGEN, agregando a los controles que les corresponden por ley ese otro adicional;
que el CIN y sus miembros recibieron pedidos de información sobre la aplicabilidad del dictamen mencionado en el visto en cuanto a la pertinencia del trabajo de la Sindicatura General de la Nación (SIGEN);
que, en oportunidad de esto, este Consejo consideró pertinente trabajar en un informe técnico jurídico que determine la legalidad del dictamen mencionado en el ámbito de las instituciones universitarias públicas;
que se requirió la tarea a las personas designadas por las áreas legales de las instituciones universitarias públicas en el órgano coordinador de control interno del CIN aprobado mediante el Ac. Pl. N 1192/23, Rafael Clark y Alejandro Caudis;
que, a todo efecto, y en acuerdo con lo expresado en ese informe, corresponde que este Comité haga suyo ese texto y lo comunique a las dependencias que sea menester.
Por ello,

EL COMITÉ EJECUTIVO DEL
CONSEJO INTERUNIVERSITARIO NACIONAL
Resuelve:

Artículo 1º: Ratificar que el organismo legalmente competente para realizar las auditorías en las universidades nacionales es la Auditoría General de la Nación (AGN) y enfatizar la vocación de las casas de estudios de trabajar con todos los organismos que aporten a la transparencia del uso de los recursos públicos, incluida la Sindicatura General de la Nación (SIGEN), pero siempre en el marco del respeto de la autonomía y la autarquía que la Constitución nacional garantiza al sistema y a cada universidad.
Artículo 2°: Hacer suyo el informe producido por los Abog. Rafael Clark y Alejandro Caudis referido a la aplicabilidad de las auditorías en las universidades nacionales realizadas por la SIGEN, que se agrega como anexo a la presente.
Artículo 3º: Regístrese, comuníquese y archívese.

 

Víctor Moriñigo
Presidente

Mario Gimelli
Secretario Ejecutivo